Verifactu se retrasa a 2028: qué decir a tus clientes

Hacienda ha anunciado que Verifactu pasa a octubre de 2028, pero aún no está en el BOE. Qué fechas valen hoy y cómo explicárselo a tu cartera.

Carlos M. Bouza · 4 min de lectura

ASESORÍAS Y GESTORÍASTREVIOLABS · BLOG
En este artículo
  1. Por qué tus clientes están confundidos
  2. Qué se ha anunciado exactamente
  3. Qué decir a tus clientes
  4. Qué hacer en la asesoría mientras tanto
  5. Preguntas frecuentes

Hacienda anunció a principios de octubre de 2026 que retrasará Verifactu hasta octubre de 2028, para que coincida con la factura electrónica obligatoria. Pero es un anuncio: mientras no se publique la norma en el BOE, las fechas vigentes siguen siendo el 1 de enero de 2027 para las sociedades y el 1 de julio de 2027 para autónomos y demás obligados. A tus clientes les conviene oír las dos cosas, y no dejar la adaptación a medias.

Datos clave

  • Hacienda anunció en octubre de 2026 que retrasará Verifactu a octubre de 2028 para autónomos y pymes de menos de 8 millones. Aún no está en el BOE.
  • Fechas vigentes: 1 de enero de 2027 para sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto (Real Decreto-ley 15/2025).
  • Factura electrónica entre empresas: 6 de octubre de 2027 para quien factura más de 8 millones y 6 de octubre de 2028 para el resto (Orden HAC/1028/2026).
  • «Verifactu» sube un 33 % en Google Trends España, y crecen «verifactu 2028» y «verifactu se retrasa».

Por qué tus clientes están confundidos

Verifactu es la búsqueda que manda en todo lo que tiene que ver con asesorías. En Google Trends España sube un 33 % en el último año, y las consultas que más crecen son «verifactu 2028», «verifactu se retrasa», «hacienda retrasa verifactu» y «noticias verifactu hoy».

No es raro. Este sería el tercer aplazamiento:

  • Origen (RD 1007/2023): primera fecha, 1 de julio de 2025.
  • Abril de 2025: primer aplazamiento, al 1 de enero y 1 de julio de 2026.
  • Diciembre de 2025 (Real Decreto-ley 15/2025): segundo aplazamiento, en vigor. 1 de enero de 2027 para sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto.
  • Octubre de 2026: anuncio de Hacienda, pendiente de norma. Octubre de 2028.

Qué se ha anunciado exactamente

Hacienda quiere que Verifactu y la factura electrónica entre empresas lleguen a la vez. La orden de la factura electrónica entró en vigor el 6 de octubre de 2026 y fija el 6 de octubre de 2027 para quien factura más de 8 millones y el 6 de octubre de 2028 para el resto (calendario de la Agencia Tributaria). Octubre de 2028 es la fecha que se ha anunciado para Verifactu en autónomos y pymes de menos de 8 millones (Xataka, Infoautónomos).

Hay dos cosas que todavía no están claras. No se ha publicado la norma que cambie los plazos. Y no está concretado qué pasa con las empresas de más de 8 millones.

Qué decir a tus clientes

Un mensaje corto funciona mejor que una circular de tres páginas:

  1. Las fechas oficiales siguen siendo las de 2027 hasta que salga la norma.
  2. Lo más probable es que Verifactu y la factura electrónica coincidan en octubre de 2028.
  3. Si van a cambiar de programa de facturación, que elijan uno que cubra las dos cosas.
  4. Os avisaremos cuando se publique en el BOE.

Y una cosa que no conviene decir: «no hay que hacer nada hasta 2028». Si la norma no llega a tiempo, enero de 2027 está a dos meses.

Qué hacer en la asesoría mientras tanto

Aprovecha el margen para ordenar la cartera. Apunta con qué programa factura cada cliente y si su proveedor ya ha publicado la declaración responsable de cumplimiento, obligatoria para los fabricantes de software desde el 29 de julio de 2025. Con esa lista sabrás a quién llamar primero cuando se aclaren las fechas.

Es la misma pregunta repetida a cientos de clientes. Si la haces por correo y la apuntas en una hoja de cálculo, se pierde. Te contamos cómo evitarlo en cómo dejar de perseguir documentación cada trimestre.

Preguntas frecuentes

¿Verifactu se ha retrasado a 2028?

Hacienda lo ha anunciado para octubre de 2028, pero aún no está publicado en el BOE. Hasta entonces, las fechas vigentes son el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto.

¿Por qué se retrasa otra vez?

Para que coincida con la factura electrónica obligatoria entre empresas y autónomos y pymes no tengan que adaptarse dos veces en poco tiempo.

¿Afecta el retraso a las grandes empresas?

El anuncio no lo concreta. Para quienes facturan más de 8 millones, la factura electrónica es obligatoria el 6 de octubre de 2027.

¿Mis clientes pueden dejar de adaptarse?

No es recomendable. Mientras no haya norma publicada, las fechas de 2027 siguen vigentes.

En TrevioDesk no llevamos la contabilidad. Convivimos con A3, Sage o Contasol y nos encargamos de pedir, recibir y ordenar la documentación de cada cliente.

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Sobre el autor

Carlos M. Bouza

Fundador de TrevioLabs

Lleva 20 años en digital ayudando a pymes españolas con su web, su captación y sus procesos. En TrevioLabs construye programas de gestión para cada sector y los enseña funcionando antes de que nadie decida nada.

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